Enmienda uno
El Congreso no hará lay alguna por la que adopte una religion como oficial del Estado o se prohíba practicarla libremente, o que coarte la libertad de palabra o de imprenta, o el derecho del pueblo para reunirse pacíficamente y para pedir al gobierno la reparación de agravios.
- Libertad de religion
- Libertad de expresión
- Derecho de asociación pacifica
Enmienda Cuatro
El derecho los habitantes de que sus personas, domicilios, papeles y efectos se hallen a salvo de pesquisas y aprehensiones arbitrarias, sera inviolable, y no se expedirán al efecto mandamientos que no apoyen en un motivo verosímil, estén corroborados mediante juramento o protesta y describan con particularidad el lugar que deba ser registrado y las personas o cosas que han de ser detenidas o embargadas.
- Derecho de que tu persona este libre de detenciones y arrestos injustificados y agresiones físicas
- Derecho de que tu casa este libre de revisiones e intromisiones injustificadas
- Derecho de que tus documentos estén libres de revisiones injustificadas
- Derecho de que cualquier acción judicial sea aprobada por juez o una corte
Enmienda Cinco
Nadie estará obligado a responder de un delito castigado con la pena capital o con otra infamante si un gran jurado no lo denuncia o acusa, a excepción de las cosas que se presenten en las fuerzas de mar o tierra o en la malicia nacional cuando se encuentre en servicio efectivo en tiempo de guerra o peligro publico; tampoco se pondrá a persona alguna dos veces en peligro de perder la vida o algún miembro con motivo del mismo delito; ni se le compelerá a declarar contra si misma en ningún juicio criminal; ni se le privara de la vida, la libertad o la propiedad sin el debido proceso legal; ni se ocupará la propiedad privada para uso público sin una justa indemnización.
- Derecho de no ser juzgado dos veces por un mismo delito
- Derecho a guardar silencio
- Derecho a un justo proceso legal
Cuando lo Detengan
- Guarde la calma y No huya. Tampoco discuta, ni resista, aunque sea inocente.
- Mantenga siempre las manos donde la policía las pueda ver.
- Haga lo que le esten pidiendo
Si la policía esta violando sus derechos.
Pregunte si es libre para irse. Si el oficial dice que sí, aléjese con tranquilidad y en silencio. Si lo arrestan, tiene el derecho de saber por qué.
Usted tiene derecho de permanecer en silencio y no puede ser castigado por negarse a contestar preguntas. Si desea permanecer en silencio, dígale al oficial en voz alta. En algunos estados, tiene que dar su nombre si le piden que se identifique.
Usted no esta obligado a dar permiso de que lo registren ni en su persona ni sus pertenencias, pero la policía puede registrarle la ropa si sospechan que tiene un arma. No debe oponer resistencia física, pero tiene derecho de negar permiso a más registros. Si usted consiente, esto le puede perjudicar después en un tribunal.
SI LO DETIENEN EN SU VEHÍCULO
Pare el vehículo en un lugar seguro lo más pronto posible. Apague el auto, encienda la luz interior, abra la ventana un poco y coloque las manos sobre el volante.
Si se lo solicitan, muestre a la policía su licencia de conducir, registro y prueba de seguro.
Si un policía o agente de inmigración le pide registrar el interior de su auto,usted puede negar su permiso. Sin embargo, si la policía cree que su auto contiene evidencia de un crimen, puede registrarlo sin su permiso.
Tanto los conductores como los pasajeros tienen derecho a permanecer en silencio. Si usted es pasajero, puede preguntar si está libre de irse. Si el oficial dice que sí, permanezca sentado en silencio o retírese con calma. Aunque el oficial diga que no, usted tiene derecho a permanecer en silencio.
SI LE PREGUNTAN ACERCA DE SU ESTATUS MIGRATORIO
Usted tiene derecho a permanecer en silencio y no tiene que hablar acerca de su estatus migratorio o de ciudadanía con la policía, agentes de inmigración ni cualquier otro oficial. Usted no tiene que responder preguntas acerca de dónde nació, si usted es ciudadano de los EE.UU. ni cómo ingresó al país. (Se aplican reglas distintas en los cruces fronterizos internacionales y aeropuertos, y a individuos con ciertas visas de no inmigrantes, incluyendo los turistas y las personas en viajes de negocios.)
Si usted no es ciudadano de los EE.UU., y un agente de inmigración le pide sus documentos de inmigración, usted debe mostrárselos si los lleva consigo. Si usted es mayor de los 18 años de edad, lleve sus documentos de inmigración consigo en todo momento. Si no tiene documentos de inmigración, diga que quiere permanecer en silencio.
No mienta acerca de su estatus de ciudadanía ni entregue documentos falsos.
SI LO ARRESTAN
No oponga resistencia al arresto, aun si piensa que es injusto que lo arresten.
Diga que desea permanecer en silencio y pida inmediatamente a un abogado. No dé ninguna explicación ni pretexto. Si no puede pagar por un abogado, tiene derecho a uno de manera gratuita. No diga nada, ni firme nada ni tome ninguna decisión sin un abogado.
Usted tiene derecho a una llamada local. La policía no puede escuchar si llama a un abogado.
Prepárese a sí mismo y a su familia en caso de que lo arresten. Memorice los teléfonos de su familia y de su abogado. Haga planes de emergencia si tiene hijos o toma medicamentos.
Consideraciones especiales para personas que no sonciudadanos:
- Pregunte a su abogado acerca del impacto a su condición migratoria si recibe una condena penal o se declara culpable de los cargos.
- No hable de su estatus migratorio con nadie excepto su abogado.
- Mientras se encuentre en la cárcel, es posible que le visite un agente de inmigración. No responda a preguntas ni firme nada antes de hablar con un abogado.
Lea cuidadosamente todos los documentos. Si no entiende o no puede leer los documentos, dígale al oficial que necesita un intérprete.
SI LO PONEN EN CUSTODIA DE INMIGRACIÓN (ICE)
Usted tiene derecho a un abogado, pero el gobierno no tiene que darle uno. Si usted no tiene abogado, pida que le den una lista de proveedores de servicios de asesoría legal gratuitos o de bajo costo.
Usted tiene derecho a comunicarse con su consulado o a que un oficial notifique al consulado de su arresto.
Dígale al agente de inmigración que desea permanecer en silencio. No hable de su estatus migratorio con nadie más que con su abogado.
No firme nada, como una solicitud donde acepte su salida voluntaria del país o una orden estipulada de remoción, sin hablar con un abogado primero. Si firma, es posible que usted esté renunciando a la oportunidad de tratar de permanecer en los EE.UU.
Recuerde su número de inmigración (“A number”) y déselo a su familia. Esto ayudará a que sus familiares lo localicen.
Mantenga una copia de sus documentos de inmigración con alguien quien le tenga confianza.
SI CREE QUE SUS DERECHOS HAN SIDO VIOLADOS
Recuerde: no se puede impugnar la mala conducta de la policía en la calle. No oponga resistencia física a los oficiales ni amenace con presentar una denuncia.
Anote todo lo que recuerde, incluyendo el número de placa de los oficiales y sus vehículos de patrulla, a qué agencia pertenecen y cualquier otro detalle. Obtenga los datos de los testigos para poder contactarlos. Si resulta lesionado, tome fotografías de sus lesiones (pero busque atención médica primero).
Presente una denuncia por escrito, reúnase con su promotora de Derechos Humanos en el comité al cual usted asiste y llene la forma de documentación de abusos.